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Modificación de la Ley anti Blanqueo de Capitales

Información relevante de la Asociación Española de Joyeros, Plateros y Relojeros

viernes 12 de octubre de 2018, 07:00h
El pasado 4 de septiembre se publicó en el BOE la modificación de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo mediante el Real Decreto-ley 11/2018, de 31 de agosto, de transposición de directivas en materia de protección de los compromisos por pensiones con los trabajadores, prevención del blanqueo de capitales y requisitos de entrada y residencia de nacionales de países terceros y por el que se modifica la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Modificación de la Ley anti Blanqueo de Capitales
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Este Real Decreto modifica varias Leyes y es su artículo segundo el que contiene las treinta y cuatro modificaciones de la Ley de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.

En relación con el sector, todas las personas que comercien con metales preciosos y piedras preciosas siguen siendo sujetos obligados a esta normativa y deben implantar, según su dimensión y actividad, una serie de obligaciones porque los empresarios, sociedades y autónomos del sector están sujetos a cualquier inspección del SEPBLAC.

La normativa estrecha el marco para el blanqueo y para luchar contra este tipo de delitos siendo una prioridad del GAFI y de la Unión Europea. De hecho se reduce a 10.000 € el umbral del pago en efectivo de cualquier tipo de bienes que antes estaba en 15.000 € a excepción de la joyería o artículos que lleven plata, oro o platino y/o piedras preciosas en tanto el sector sigue siendo un sujeto obligado y el umbral se fija en 1.000 € en efectivo.

La Asociación Española de Joyeros, Plateros y Relojeros que es la entidad que, en calidad de representante del sector a nivel del Estado, lleva años actuando como interlocutora en esta materia con el Ministerio de Economía, ha querido difundir la existencia de esta modificación a efectos de que todas las empresas del sector estén debidamente informadas de su existencia, si bien ha remitido las novedades concretas de la modificación exclusivamente a los asociados.

La Asociación Española destaca que asesora a sus asociados sobre cualquier normativa, pero considera que él contenido de la legislación de prevención contra el blanqueo de capitales debería dirigirse, en forma de recomendaciones o documentos formativos, a técnicos e investigadores porque se delega en los empresarios una gran cantidad de obligaciones que encorsetan el crecimiento empresarial.

Asociación Española de Joyeros, Plateros y Relojeros

Tel:+34 91 1767013
Mail: [email protected]ñoladejoyeros.es