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Europa recuerda a España el reglamento contra el oro de conflicto
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Europa recuerda a España el reglamento contra el oro de conflicto

lunes 25 de noviembre de 2019, 07:00h
La Unión Europea aprobó en 2017 un Reglamento a fin de prevenir el empleo comercial de oro procedente de zonas de guerra o que vulneran derechos humanos, para lo cual establece un sistema denominado Diligencia Debida dirigido a los importadores de oro de la UE. Desde la Asociación Española de Joyeros nos explican los puntos basicos y se ponen a disposición del empresariado para clarificar dudas.

Aunque el reglamento ya está en vigor, la norma para los importadores de la UE (incluidas las PYMES) comenzará a aplicarse a partir del 1 de enero de 2021 y la Comisión Europea ha lanzado varios documentos que permitirán a las PYMES tener más claras sus obligaciones.

La Comisión dispone de un portal web, DUE DILIGENCE READY, también en español, sobre esta temática al efecto de que lo puedan usar: https://ec.europa.eu/growth/sectors/raw-materials/due-diligence-ready_es

Petición a la Asociación Española de Joyeros

La Comisión de la Unión Europea ha pedido a la Asociación Española de Joyeros, Plateros y Relojeros (AEJPR) su apoyo en la difusión de varios documentos relacionados con el sistema de Diligencia Debida en el suministro de oro.

Unos documentos que la AEJPR ha transmitido no sólo a sus asociados, sino también a todas las organizaciones profesionales y empresariales que existen en España. También están a disposición de cualquier empresario que las desee tener llamando al teléfono de la Asociación. Con todo, la Asociación ha elaborado un esquema del significado del sistema de diligencia debida en el suministro de oro a fin de que sea fácil su comprensión cuya síntesis es:

Las obligaciones para los importadores de oro:

El sistema de DILIGENCIA DEBIDA en un proceso para que las empresas verifiquen que los minerales y metales presentes en sus cadenas de suministro se compran de manera responsable, y actúen en consecuencia si no es así.

Ello implica la identificación, prevención, mitigación y corrección de los riesgos reales y potenciales de contribuir a actividades que fomentan la violencia y los abusos de los derechos humanos y los efectos negativos en el medioambiente.

La Unión Europea establece a los importadores de oro una serie de obligaciones:

  • OBLIGACIONES RELATIVAS AL SISTEMA DE GESTIÓN
  • OBLIGACIONES EN MATERIA DE GESTIÓN DE RIESGOS
  • OBLIGACIONES EN MATERIA DE AUDITORÍA EXTERNA
  • OBLIGACIONES DE COMUNICACIÓN

Respecto a las obligaciones de auditoría externa, cabe la exención del cumplimiento de esta obligación a los importadores que faciliten pruebas sustancialesde que todas las fundiciones y refinerías de su cadena de suministro cumplen la normativa, solicitándoles además sus informes de auditorías externas. Para facilitar la verificación, la Comisión actualizará una lista de fundiciones y refinerías 'responsables' a escala mundial que publicará en internet.

Como toda norma jurídica de la Unión Europea, la aplicación de las obligaciones será controlada por cada Gobierno de cada Estado Miembro que examinará el cumplimiento por el importador de la Unión de las obligaciones en materia de diligencia debida en la cadena de suministro de conformidad con la norma, en particular las obligaciones descritas.

ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE JOYEROS, PLATEROS Y RELOJEROS
Más información: [email protected]
Tfno. 911767013