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El Gremio Nacional alcanza un acuerdo con una consultora para que el Sector se adaptarse a la ley 'antiblanqueo'

A partir de mil euros, la obligación es examinar el riesgo de la operación e identificar al cliente, según la ley

jueves 29 de octubre de 2015, 11:35h

Con la aprobación del Reglamento que desarrolla la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo se inicia la adaptación del sector al sistema de obligaciones legales que contempla esta normativa. Todas las personas que comercien con joyas, piedras o metales preciosos están sujetas a esta Ley y a su Reglamento.

El Gremio Nacional alcanza un acuerdo con una consultora para que el Sector se adaptarse a la ley 'antiblanqueo'

La Asociación Española (AEJPR) ha manifestado en repetidas ocasiones su desacuerdo con la Administración y con el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) de incluir a la joyería en estas obligaciones y trabaja en un documento que se debatirá en la próxima Asamblea General de la Federación Europea, el próximo 23 de abril.

Este documento consensuado se hará llegar a las instituciones europeas para que conozcan de primera mano la postura del Sector, aunque la AEJPR recuerda que "mientras exista la Ley y el Reglamento, se va a proporcionar al sector el mejor modo de cumplir con las obligaciones al efecto evitar sanciones".

Acuerdo de la AEJPR. con Adaptalia

La importancia de este asunto, por la gravedad que puede provocar no cumplir con las medidas administrativas de la Ley y del Reglamento, ha provocado que la A.E.J.P.R. haya suscrito un Acuerdo con el Grupo Legal Adaptalia para que el sector pueda implantar la normativa.

Esta firma ha sido seleccionada tras cinco meses comparando precios y calidad de servicio. El acuerdo firmado supone una reducción del 30% en los servicios de consultoría para los asociados. Grupo Adaptalia también podrá, únicamente en el marco de las obligaciones formativas de los asociados, gestionar de manera gratuita los créditos que destinen las empresas a dicho objeto.

Obligaciones de la ley

Aunque el grado de obligaciones que contempla la norma es diferente para cada profesional o empresa, todas las personas que comercien profesionalmente con joyas, piedras o metales preciosos están obligadas a cumplir con las medidas legales.

Entre esas obligaciones destaca que a partir de mil euros, todos los profesionales están obligados a examinar el riesgo de la operación, identificar al cliente, hacer un seguimiento de la relación de negocios, etc.

Aunque la norma ha salido mucho más flexible de lo que estaba prevista gracias a la labor asociativa que reunió a las Asociaciones, Federaciones y Colegios Autonómicos del sector, aun así, el sector tiene que adaptarse a un sistema de obligaciones por el que no sólo puede ser multado, en vía administrativa, sino que de no cumplirlas y en el supuesto de que haya un juicio, se presumirá negligencia o culpabilidad, como mínimo, y ello ya implica problemas de tipo penal y no meramente administrativos.

 

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