La decisión del Alto Tribunal resuelve así la denuncia del grupo Richemont ––la empresa matriz de Cartier––, que hace ahora cuatro años solicitó una orden judicial para evitar que algunos de los principales ISP del Reino Unido (Como British Telecom, Sky, o Virgin Media), permitieran a los usuarios el acceso a los ‘portales’ en los que se venden, flagrantemente y sin ningún tipo de cortapisa, joyas y relojes falsificados.
En una primera instancia el Tribunal Superior de Justicia británico accedió a esa orden a finales de 2014 y condenó a los ISP a pagar los costes incurridos en la implementación del bloqueo de esas páginas, pero los proveedores de servicios recurrieron la sentencia.
Dos años después, en 2016, el Tribunal de Apelación desestimó el recurso presentado y ordenó nuevamente a los ISP al abono de esos costes de bloqueo, pero estos volvieron a recurrir, esta vez al Supremo.
El argumento de los proveedores de servicios se basaba en que "no existe una base legal para exigir a una parte la responsabilidad por la infracción ya que el delito está cometido por terceros”.
Bajo ese paradigma, la sentencia que acabamos ahora de conocer sienta un mal precedente, puesto que el veredicto pone a los diseñadores y fabricantes más pequeños en una posición extremadamente precaria, teniendo que asumir una doble penalización: Por un lado las pérdidas derivadas del lucro cesante debido a la venta de falsificaciones que otros realizan de sus productos y, por el otro, el coste de ‘desahuciar’ de Internet a los vendedores fraudulentos.
Y lo peor de todo es que estas mafias lo tienen muy fácil para cambiar de nombre y de plataforma, de manera que pueden seguir vendiendo libremente hasta la siguiente condena, con el coste añadido que envolverse en litigios supone para los fabricantes. Una triple condena.
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