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ASESORÍA JURÍDICA / LABORAL

¿Me es imprescindible acudir a un 'Acto de Conciliación' como paso previo a una demanda por despido improcedente?

jueves 29 de octubre de 2015, 11:35h

El experto en cuestiones laborales Fernando Yandiola responde en esta ocasión al propietario de una relojería que, tras echar a su empleado, se enfrenta a una demanda por despido improcedente, pero duda de si la 'Conciliación' previa le beneficiará en algo, o sólo le hará perder una mañana de trabajo...

Pregunta_ Tengo un empleado en la relojería al que, como consecuencia de la pérdida de ingresos, me he visto obligado a despedir. Como es natural, me ha puesto la correspondiente demanda, por lo que he recibido un aviso para comparecer a una "Conciliación". Teniendo en cuenta que no puedo discutir absolutamente nada, y que me parte en cuatro el tener que perder una mañana de trabajo ¿es imprescindible que asista a ese Acto de Conciliación?

Respuesta_ La Conciliación es un paso previo a la interposición de la correspondiente Demanda por despido Improcedente o Nulo. Se usa para tratar de que se alcance un acuerdo que haga innecesario el Juicio. En este sentido, no es imprescindible que Ud. asista, pues si no lo hace simplemente se levantará Acta de que la Conciliación se ha intentado sin Avenencia, de manera que queda expedita la vía al trabajador para interponer la demanda. Pero si Ud. tiene la posibilidad de abonar la correspondiente indemnización por despido, le aconsejamos que trate de llegar a un acuerdo en la cuantía y la forma del pago. Se ahorrará unas importantes costas procedimentales. 

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