"Soy dueño de un taller de relojería, en el que tengo un relojero empleado. He tenido conocimiento de que está realizando trabajos para nuestros clientes por fuera del negocio, y he comprobado que, para ello, se está llevando las fornituras, y herramientas de mi taller. ¿Puedo despedirlo?"
Respuesta.- Creemos que la situación que usted nos describe se encuentra dentro del ámbito de dos de las causas que justifican el Despido Disciplinario, a tenor del art. 54.4 del Estatuto de los Trabajadores, que regula la transgresión de la buena fe contractual como causa de despido.
Y lo creemos así por entender que se dan dos de los motivos regulados para considerar que se produce la citada trangresión: por un lado, el empleado está realizando competencia desleal, al realizar trabajos externos para los propios clientes del negocio: y por otro lado, está cometiendo una apropiación indebida y un uso de los materiales de la empresa en beneficio propio. Ambas conductas justifican el despido disciplinario.
Pero no olvide que, en caso de demanda, deberá usted probar los hechos que justifican el despido.
Fernando Yandiola es abogado y director de Yandiola & Rodríguez, Asesores Empresariales, S.L.obar los hechos que justifican el despido.