“Dado que el Reino Unido ha abandonado la Unión Europea, a partir del 1 de enero de 2021 la marca de cualquier laboratorio español ya no está reconocida en Gran Bretaña. Y por lo tanto cualquier exportación de artículos de oro, plata o platino que se quiera vender allí necesita llevar el contraste de un laboratorio oficial británico (o la marca de la Convención Internacional, a la que no está adherida España), con el excepción de Irlanda del Norte” nos explica el portavoz de Krisos, Joan Ignasi Moreu.
Se trata de la respuesta remitida por el Department for Business, Energy & Industrial Strategy británico a la consulta de la entidad española. Todas las piezas requieren ahora del contraste oficial del país de destino.
Hasta diciembre de 2020, las marcas británicas y españolas de contraste de joyería han sido reconocidas mutuamente. Por tanto, las exportaciones españolas de joyería con contraste nacional tenían total validez en el mercado británico, y viceversa.
Trabas burocráticas a exportaciones e importaciones
Tal y como añade Moreu, se trata de de una barrera al comercio, con un coste adicional: "en lo económico no es elevado (las tarifas de los laboratorios son muy reducidas) pero no hay que perder de vista que al final hay un coste en tiempo adicional, gestión, trámites, transporte adicional, etc."
El sistema británico es equivalente al español en general, y por tanto el contraste de un laboratorio oficial británico es obligatorio antes de poder comercializar las piezas. Hay alguna diferencia técnica, como que en España todas las piezas deben ser contrastadas, físicamente o con etiquetas (si son pequeñas o delicadas), mientras que en el Reino Unido se permite que las piezas de plata menores a 7,78 gr, de oro menores a 1 gr, o de platino menores a 0,5 gr, no tengan que llevar contraste.