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El Sector Joyero insiste al Gobierno para incluir al comercio en los nuevos ERTE

viernes 22 de enero de 2021, 07:00h
El Sector Joyero insiste al Gobierno para incluir al comercio en los nuevos ERTE
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La Asociación Española de Joyeros, Plateros y Relojeros (AEJPR) ha instado al Gobierno, a través de las Organizaciones Empresariales, a extender la aplicación de los ERTE por motivos del Covid-19, no sólo a la fabricación de joyas como está actualmente previsto, sino a todo el resto del comercio debido a la situación de excepcionalidad por la que atraviesa el Sector. La Asociación que preside Cristina Yanes espera que aún se pueda incluir en la norma tanto al comercio minorista como al mayorista puesto que hasta el 31 de enero no se conocerá el texto definitivo.

“En relación con el diálogo social que se está manteniendo en el Ministerio de Trabajo con los operadores económicos y agentes sociales, hemos solicitado al Gabinete de la Secretaría de Estado de Empleo la necesidad de que la fabricación de joyería se mantuviera dentro de las actividades especialmente afectadas y protegidas (Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo) y que se analizara, la extensión de esa especificidad al comercio mayorista de joyería, gemas y piedras preciosas, relojería y comercio al menor de joyería (si bien por parte de los operadores económicos, el diálogo se tiene con CEOE y CEPYME)” tal y como nos han transmitido desde la Asociación.

Hasta el 31 de enero no se conocerán las características de los ERTE si bien la Secretaría de Estado de Empleo ha informado de que se establece la prórroga de todos los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) basados en causas relacionadas con la COVID 19.

Dentro de estos ERTE, se reconocen de nuevo exoneraciones a empresas que sean titulares de los mismos y pertenezcan a sectores con una elevada tasa de cobertura por el expediente y una reducida tasa de recuperación de actividad, si bien se incorporan nuevos CNAE (entre los que no se ha incluido al comercio de joyería).

Simplificación de los trámites

Por otro lado, desde la AEJPR se ha planteado reformar la tramitación, simplificándola. Las empresas que sean titulares de un ERTE por impedimento o por limitaciones, no tendrán que solicitar y tramitar un nuevo expediente ante la autoridad laboral para pasar de uno a otro para acceder a las exoneraciones derivadas de una modulación de las restricciones sanitarias que les hagan situarse en impedimento de actividad desde una limitación a esta, o viceversa.

Bastará con que remitan una comunicación a la autoridad laboral que haya dictado la resolución correspondiente al ERTE del que es titular, y a la representación de las personas trabajadoras, para acceder a los beneficios. Tampoco será necesario que remitan una nueva solicitud colectiva de prestaciones al SEPE.

Se mantiene el compromiso de mantenimiento del empleo en los términos en los que lo recogía el Real Decreto-ley 30/2020, lo que implica que las empresas, una vez cumplido el periodo de 6 meses de salvaguarda derivado de las normas previas a dicha disposición y el que responde a los beneficios referidos en dicho real decreto ley (otro periodo de 6 meses), se comprometen, en contrapartida con los beneficios por las exoneraciones reguladas en la nueva norma, al mantenimiento del empleo durante otro nuevo periodo de 6 meses de duración.

Se mantienen los límites al reparto de dividendos y la transparencia fiscal, los límites a la realización de horas extraordinarias y externalizaciones de la actividad, la prohibición del despido y la interrupción de los contratos temporales.

Entre los mecanismos de protección continuarán aplicándose la exención del periodo de carencia, el contador a cero, el aumento del 50% al 70% del porcentaje de cálculo de la base reguladora para quienes hayan consumido 180 días de prestación, los beneficios aplicables a las personas trabajadoras fijas discontinuas (incluyendo la prestación extraordinaria), la mejora de protección de las personas afectadas por ERTE con contrato a tiempo parcial.

Las tipologías de ERTE con exoneraciones hasta el 31 de mayo incluyen:

Sectores ultraprotegidos. Estos sectores, indicados (se incluye producción de metales preciosos y fabricación de joyería) en la lista de códigos CNAE adjunta y su cadena de valor, tendrán unas exoneraciones del 85% para las empresas con menos de 50 trabajadores y del 75% para las que tienen 50 o más. Las exoneraciones serán las mismas tanto para los trabajadores suspendidos como para los que se reincorporen a sus puestos de trabajo.

Las empresas que vean impedido el desarrollo de su actividad en alguno de sus centros de trabajo como consecuencia de las restricciones administrativas para luchar contra la pandemia podrán solicitar un “ERTE de impedimento”. Estas empresas tendrán una exoneración en sus cotizaciones a la Seguridad Social durante el periodo de cierre y hasta el 31 de mayo de 2021, que será del 100% de la aportación empresarial durante el periodo de cierre y hasta el 31 de mayo si tienen menos de 50 trabajadores y del 90% si tienen 50 trabajadores o más.

ERTE de limitación. Las empresas o entidades que vean limitado el desarrollo de su actividad en algunos de sus centros de trabajo como consecuencia de decisiones o medidas adoptadas por autoridades podrán solicitar a la autoridad laboral un “ERTE por limitaciones”. En este caso, las exoneraciones serán decrecientes hasta el 31 de mayo destacando, además, que estas empezarán por el 100% en febrero para empresas de menos de 50 trabajadores y del 90% para aquellas de 50 trabajadores o más.

"Por parte de la AEJPR vamos a insistir en la inclusión dentro de los sectores especialmente protegidos de las siguientes actividades" reitera la asociación:

  • Comercio al mayor de joyería
  • Comercio al menor de joyería y relojería
  • Comercio al mayor de piedras preciosas y gemas
  • Comercio al mayor de relojería