La Comisión de Piedras de color de CIBJO explica en su informe que los rubíes rellenos con vidrio de plomo deben ser clasificados como "rubí y vidrio", y descritos como "un material compuesto, o producto manufacturado". Además, para proteger apropiadamente a los consumidores, la entidad indica que la inestabilidad inherente a este tipo de gemas tratadas --igual que con el resto de variedades de corindón-- debe señalarse explícitamente.
Como también se explica en el informe previo al congreso, en el que se debatirá sobre esta cuestión, esta denominación ya se fraguó en el año 2010. Tanto CIBJO, como la Asociación Americana de Comercio de Gemas (AGTA), y la Asociación Internacional de Piedras de Color (ICA) llegaron ese año a un acuerdo en su nomenclatura pero "desafortunadamente, esta se usa en raras ocasiones", indica el informe.
"En consecuencia, el próximo congreso será una oportunidad para recordar a la industria la necesidad de comunicar y mejorar la trazabilidad de estas gemas", añaden desde CIBJO, recordando que el objetivo final es ofrecer al consumidor una "completa y detallada información sobre el producto que compra".
Puede acceder al informe completo, en inglés, pinchando este enlace.